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jueves, 17 de diciembre de 2015

      


           NUEVA LEGISLACION PARA EL CINE ESPAÑOL


           Decretos Ley 14 de mayo y 5 de diciembre de 2015

          Criterios culturales, olvido de la industria ¿a donde va el cine español?


         




            El cine español se encuentra en una situación complicada que no se arregla solo modificando el modelo de ayudas públicas. El principal problema es que la financiación de todas las películas depende de las televisiones. Y las televisiones están convirtiendo las películas en programas para sus horas de mayor audiencia. Las películas participadas por las cadenas privadas tienen mayor presupuesto y recaudación por la promoción en las propias televisiones. cuyo coste está condicionando al productor independiente, que cada vez más va perdiendo independencia. La condición de independencia del productor es necesario salvaguardarla. Al mismo tiempo aumenta la diferencia de presupuestos entre estas producciones apoyadas por las televisiones privadas, situando al resto de las películas con un presupuesto medio entre 2 y 2.2 millones de euros, que disminuye su competitividad y  recaudación. Hay que autorizar a TVE a hacer publicidad directa de las películas españolas en que interviene y resolver el problema de la ausencia de emisiones en las cadenas privadas del cine español,  ya que solo emiten aquellas en que participan. En otros países europeos el Estado promueve acuerdos entre las televisiones y el sector  cinematográfico. Por otra parte es excesivo el tiempo que las televisiones retienen estas producciones, impidiendo que el productor pueda explotarlas en otros medios, si conserva los derechos y no se ha visto obligados a cederlos.



Jamón. jamón

         Hay otros problemas evidentes. El primero  que haya un marco financiero atractivo para los inversores y fácil para los productores, y además contar con buenos guiones para lo que es necesario apoyar la reescritura de muchos guiones;  hay que facilitar la promoción,  una decidida mejora  de la distribución nacional y también la internacional, la  renovación tecnológica, la difusión en Internet y la lucha contra la piratería.  Son muy importantes las subvenciones  públicas de las que se ocupan dos nuevos Reales Decretos, pero no son el único  problema a resolver. Ignorarlo es seguir la política del avestruz.

     

   Desde 1964 el modelo de ayudas al cine en España no ha tenido  cambios radicales, se ha ido adaptando, con mayor o menor inteligencia, las ayudas automáticas y las subvenciones sobre proyecto, a los cambios tecnológicos y económicos y han conseguido unos brillantes resultados creativos en todas sus fases y géneros. La prima Angélica (1973), La colmena (1982), La mitad del Cielo (1986), ¡Ay Carmela! (1990), Jamón, jamón (1992), Boca a boca (1995), Abre los ojos (1997), Hable con ella (2002), Solas (1999) o El desconocido /2015) son algunos ejemplos. El actual cambio no se comprende bien. Las ayudas automáticas a la amortización tienen una vocación industrial y de mercado, las ayudas sobre proyecto una vinculación a la renovación y el apoyo a los nuevos directores. Bastaba con limitar las ayudas automáticas al 15% de las recaudaciones, eliminando las complementarias, con lo que desaparecería el problema de la compra de entradas, e incrementar al tiempo las desgravaciones. Crear de una vez un sistema automático para las subvenciones anticipadas a primeras y segundas películas y a las películas que obtengan premios en los Festivales internacionales. Al Estado no le corresponde estar calificando las películas en culturales o no, ni siquiera los proyectos. Eso es realismo socialiista. Y debe dedicarse a resolver los acuciantes problemas del presente.



        El primer Decreto Ley, de 14, mayo  del 2015 (1), contiene una miscelánea de temas: modificaciones de IRPF, concesión de créditos, y entre ellos se encuentra un artículo dedicado al cine que, aparentemente, deja las ayudas a la producción igual con retoques nada inocentes,  a las previstas en la Ley del Cine de 2007. Ahora todas las nuevas ayudas podrán ser reembolsables, total o parcialmente, como las actuales ayudas sobre proyecto. Junto a las ayudas a la amortización la Ley de 2007, que se modifica, contemplaba las ayudas sobre proyecto para películas con un valor cinematográfico, cultural o social y para las de carácter documental o experimental y para nuevos realizadores. El  DL de 14, mayo, 2015, crea unas ayudas selectivas sobre proyecto, que no define, y de las que solo se establece que serán intransmisibles. Son anticipadas. Al mismo tiempo establece unas ayudas generales sobre proyecto  en razón de su viavblidad, solvencia técnica del productor, difusión (es decir potencialidad de difusión), interés cultural español o europeo, innovadoras o según el impacto socicoeconómio de la inversión. Afirma que estos criterios le parecen adecuados para establecer una "baremación objetiva". lo que es una simple ilusión. Estas ayudas con la composición de la Comisión diseñada para otorgarlas y el sistema de puntuación corren el riesgo de corporativismo y clientelismo, aparte de ser subjetivas.´


          Se establecen  tres condiciones limitativas de la ayuda: para que no sobrepasen los límites máximos previstos se sumarán todas las ayudas públicas y las deducciones por desgravación fiscal. Y se establece que las ayudas no superen el 50% del presupuesto o el l 60% si son coproducciones. En la disposición transitoria acuerda celebrar convocatorias para las ayudas a la amortización solo los años  2016, 2017 y 2018, para las películas que hubiesen iniciado su rodaje antes de la primera convocatoria de las ayudas generales sobre proyecto. Asimismo declara las ayudas a la amortización y las generales sobre proyecto incompatibles, lo que no concuerda con la obligación que el propio DL. establece de desarrollar todas las ayudas previstas en la Ley 2007 y con la realidad, ya que son ejemplo de compatibilidad.



        El proyecto de Orden de 4, noviembre, 2015 pretendía desarrollar este DL, pero establecía el desarrollo de normas no contenidas en ese DL, por lo que aprovechando un  nuevo DL de 5, diciembre, 2015, que  modifica otras normas de la Ley del Cine de 2007, (2) se incluyeron disposiciones desarrollables en una Orden y repiten con más extensión normas del anterior DL. En primer lugar establece la exigencia de un certificado cultural, que se presenta como una exigencia de la polémica excepción cultural. Será expedido por el ICAA, teniendo en cuenta el contenido, el reflejo de la realidad cultural española o el enriquecimiento de la diversidad cultural en las pantallas españolas. Certificado que se exigirá para optar a las ayudas generales sobre proyecto y a los largometrajes y series audiovisuales cuyos inversores se acojan a las deducciones fiscales. Ni este DL ni el anterior hacen referencia, de manera expresa al cine como industria.

Solas


             No se aporta ningún indicio de lo qué son las ayudas selectivas y tan solo  se refiere a ellas el DL. al declarar  a todas las categorías de ayudas intransmisibles, pero por el borrador de Orden conocemos su parecido con las anteriores ayudas sobre proyecto. En cuanto a los límites de las ayudas introduce una nueva categoría para los límites de las ayudas: las obras audiovisuales difíciles, que para el legislador son los cortometrajes, que podrán subvencionarse  hasta el 70% de sus costes,  las películas de nuevos  realizadores, pero cuyo coste sea inferior a 300 000 euros, también el límite será el 70%. Se ignora que las películas de nuevos realizadores deben formar parte del circuito comercial y tener éxito en las salas y con ese presupuesto podrán realizar como mucho un rodaje con un teléfono inteligente y unos amigos, si quiere hacer ficción, aunque quizás sea na errata y quiera decir a los presupuestos inferiores a 1 300 000 euros. Asimismo para las películas realizadas en lengua cooficial distinta al castellano el limite se establece en el 60%, está bien, pero debería haber añadido, siempre que se exploten solo en esa lengua, y no mezclar motivos idiomáticos con razones industriales. Este DL. deroga la disposición transitoria del anterior DL.


      Lástima que en vez de mejorar el actual sistema de ayudas y hacer frente a los retos del cine español en la actualidad, se haya preferido lanzarse a un modelo general de ayudas anticipadas. No pasará mucho tiempo para que vuelva a abrirse nuevamente en la legislación un sistema automático, que tenga en cuenta la recaudación, además de unos caracteres artísticos y culturales realmente objetivos, como lo tienen nuestros vecinos de Francia, Alemania o Italia, aunque actualizado y eliminando lo que no haya funcionado bien, como se ha hecho normalmente.



(1)        (2)    (Cambio modelo puntuación)

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